Artículo 63del Ley de Propiedad Industrial
Caducidad
Título II. De las marcas y otros signos distintivos · Capítulo IV. Extincion del Registro de la marca
La caducidad por vencimiento del plazo de un registro opera de pleno derecho y puede ser declarada de oficio o a solicitud de parte. La presentación en tiempo de la solicitud de renovación de un registro no dará lugar a la caducidad del mismo, a menos que la solicitud no se ajuste a lo que para tal efecto requiere esta ley.