Ley de Propiedad Industrial
Ley de Propiedad Industrial

Título II Capítulo VII. Emblemas

Art. 771 artículoFecha de corte no indicada en la fuente

Artículo 77 Protección del emblema

La protección y el registro de los emblemas se regirá por las disposiciones relativas al nombre comercial contenidas en esta Ley.

Fuente: Registro de la Propiedad Intelectual (rpi.gob.gt). Fecha de corte no indicada en la fuente. Códice no es asesoría legal; verifica siempre con la publicación oficial.

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