LPCU · Artículo 78

Artículo 78del Ley de Protección al Consumidor

Resolución de conflictos

Capítulo VII. Procedimientos administrativos para solucion de conflictos · Sección I. Disposiciones generales

Para la resolución de los conflictos y controversias que surjan entre proveedores y consumidores o usuarios que puedan constituir infracción a la presente Ley, se establecen los siguientes procedimientos:

a)Arreglo directo conciliatorio entre las partes.

b)Arbitraje de consumo.

c)Procedimiento administrativo.

Cómo citar

Art. 78, Ley de Protección al Consumidor de Guatemala (Decreto 6-2003), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-proteccion-al-consumidor/articulo-78/

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Fuente

Ley de Protección al Consumidor (Decreto 6-2003 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario, al 31 de marzo de 2026.