LSRTA · Art. 40

Artículo 40 de la Ley de Simplificación de Requisitos

Plazo para la publicación de formularios existentes

Capítulo VII. Disposiciones finales y transitorias

Comisión Presidencial de Gobierno Abierto y Electrónico · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

Las autoridades dispondrán de un plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, para colocar sus formularios y/o solicitudes en línea, a través de sus páginas web o a través de páginas web desarrolladas para el efecto.

Cómo citar

Art. 40, Ley de Simplificación de Requisitos de Guatemala (Decreto 5-2021), codicegt.com/ley-de-simplificacion-de-requisitos/articulo-40/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Ley de Simplificación de Requisitos (Decreto 5-2021 del Congreso de la República). Texto según Comisión Presidencial de Gobierno Abierto y Electrónico (gae.gob.gt), edición del Decreto 5-2021.

Fuente oficial: Decreto 5-2021 — Comisión Presidencial de Gobierno Abierto y Electrónico (gae.gob.gt).

Texto del Decreto 5-2021 según la edición de la Comisión Presidencial de Gobierno Abierto y Electrónico (PDF de octubre de 2021; el mismo archivo publica el Ministerio de Economía). La edición no anota reformas; no se verificaron reformas posteriores.

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