Artículo 19 de la Ley de Supervisión Financiera
Asuntos litigiosos
Capítulo III. Casos especiales
Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El conocimiento y resolución de las cuestiones litigiosas entre terceros y las entidades sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos, corresponderá a los tribunales ordinarios.