LTC · Artículo 10

Artículo 10del Ley de Tarjetas de Crédito

Extrafinanciamiento

Capítulo II. Aspectos contractuales y financiamiento

Los extrafinanciamientos que conceda el emisor conforme el contrato correspondiente se considerarán créditos adicionales vinculados a la tarjeta de crédito, los cuales pueden otorgarse al tarjetahabiente titular en condiciones y plazos distintos a la línea de crédito. Dichos extrafinanciamientos deberán otorgarse de conformidad con la capacidad de pago establecida en la presente ley. La aceptación de los extrafinanciamientos por el tarjetahabiente debe ser comprobable por cualquier medio y el emisor debe ponerla a disposición del tarjetahabiente.

Cómo citar

Art. 10, Ley de Tarjetas de Crédito de Guatemala (Decreto 2-2024), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-10/

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Fuente

Ley de Tarjetas de Crédito (Decreto 2-2024 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario, al 31 de marzo de 2026.