Artículo 48del Ley del Régimen Penitenciario
Régimen
Título III. Órganos administratlvos · Capítulo IV. Clasificación de los centros de detención
Los centros de detención estarán a cargo de la Dirección General del Sistema Penitenciario, a excepción de los centros de internamiento de menores de edad que se rigen por legislación especial, por lo tanto es prohibido el ingreso de menores en conflicto con la ley a los centros del Sistema Penitenciario.