Ley del Régimen Penitenciario
- Instrumento
- Decreto 33-2006
- Artículos
- 105 · 1 derogados
- Texto al
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Considerandos y preámbulo
CONSIDERANDO
Que es deber del Estado de Guatemala, garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.
CONSIDERANDO
Que son fines del Sistema Penitenciario la readaptación social y reeducación de las personas reclusas; así como cumplir con las normas mínimas para la custodia y tratamiento de las mismas.
POR TANTO
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,