Artículo 25del Ley contra el Financiamiento del Terrorismo
Memoranda de entendimiento suscritos
Capítulo VII. Disposiciones transitorias y finales
Los memoranda de entendimiento y los acuerdos de cooperación que a la fecha de la vigencia de la presente u otros activos, podrán ser ampliados con la finalidad de incluir lo relativo a financiamiento del terrorismo.