Artículo 162del Ley de Actualización Tributaria (ISR)
Libro V. Reformas al decreto número 70-94 del Congreso de la República, ley del impuesto sobre circulación de vehículos terrestres, marítimos y aéreos
Se reforma el artículo 13 del Decreto Número 70-94 del Congreso de la República, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, el cual queda así:
"Artículo 13. Se establece un impuesto específico para los vehículos de transporte de valores y furgonetas tipo "panel" de más de una tonelada, de quinientos sesenta Quetzales (Q.560.00)."