Artículo 31del Ley del IVA
Máquinas y cajas registradoras
Reformado
Título III. De la administracion del impuesto · Capítulo II. De los documentos por ventas o servicios
La Administración Tributaria podrá autorizar el uso de máquinas y cajas registradoras para la emisión de facturas en forma mecanizada o computarizada, conforme lo establezca el Reglamento.
* Reformado por el Artículo 17 del Decreto Número 60-94 del Congreso de la República. * Reformado por el Artículo 3 del Decreto Número 62-2001 del Congreso de la República.