Artículo 57 Cdel Ley del IVA
Obligación de pago del comprador del vehículo
Reformado
Título IV. De los inmuebles y de los vehiculos
Una vez se efectuó la anotación derivada del aviso de transferencia de propiedad del vehículo, la Administración Tributaria requerirá administrativamente al comprador el pago del impuesto adeudado, el que debe efectuarse dentro del plazo de cinco (5) días, contados a partir del día siguiente de la notificación del requerimiento o demostrar que ya lo efectuó.
De no obtenerse el pago correspondiente, se emitirá la resolución correspondiente y la certificación de la misma constituirá titulo ejecutivo, para hacer efectivo el cobro por la vía Económico Coactiva.
* Adicionado por el Artículo 22 del Decreto Número 4-2012 del Congreso de la República.