Artículo 1345del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título II. De las obligaciones sus modalidades y efectos · Capítulo III. Obligaciones facultativas
No tendrán influencia alguna sobre la prestación principal, ni la pérdida o deterioro de la cosa ni la imposibilidad del hecho o de la omisión que constituye el objeto de la prestación accesoria.