Artículo 1558del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título V. Obligaciones provenientes de contrato · Capítulo II. Saneamiento · Párrafo II. Saneamiento por evicción
El adquirente pierde el derecho al saneamiento por evicción, en los casos siguientes:
1°.Si omite hacer citar de evicción al enajenante;
2°.Cuando sin consentimiento del enajenante, transige, desiste del juicio o lo somete a juicio de árbitros;
3°.Si habiéndose hecho cargo de la defensa, la descuida, se deja condenar por rebeldía o abandona el juicio;
4°.Si no hace uso de los recursos legales contra las resoluciones que afectan directamente al negocio principal;
5°.Si a sabiendas no opone la excepción de prescripción;
6°.Si no emplea en la defensa los documentos que le haya suministrado el enajenante;
7°.Si comete dolo en el juicio en que fue vencido, o se prueba colusión entre él y el demandante; y
8°.Si a sabiendas adquirió cosa ajena o litigiosa.