Artículo 1568del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título V. Obligaciones provenientes de contrato · Capítulo II. Saneamiento · Párrafo III. Saneamiento por vicios ocultos
No serán objeto de contrato los ganados y animales que padezcan enfermedades contagiosas. Cualquier contrato que se hiciere respecto de ellos será nulo.
También será nulo el contrato de enajenación de los ganados y animales, si, expresándose en el mismo contrato el servicio o uso para que se adquieren, resultaren inútiles para prestarlo.