Artículo 1564del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título V. Obligaciones provenientes de contrato · Capítulo II. Saneamiento · Párrafo III. Saneamiento por vicios ocultos
En las ventas judiciales no habrá lugar a la responsabilidad por daños y perjuicios, pero sí a todo lo demás dispuesto en los artículos anteriores.