CC · Artículo 1607

Artículo 1607del Código Civil

Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título VI. Obligaciones provenientes de hechos lícitos sin convenio · Capítulo I. Gestión de negocios

El gestor queda sujeto, en el ejercicio de la gestión, a las obligaciones y responsabilidades del mandatario, en lo que sean aplicables.

Cómo citar

Art. 1607, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-1607/

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Fuente

Código Civil (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 8 de agosto de 2025.