Artículo 1924del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título VII. Del arrendamiento · Capítulo IV. De las mejoras
Si son separables las mejoras que no se deben abonar, puede separarlas el arrendatario que las puso.
Si no son separables, o si no puede hacerse la separación sin destruirlas, el arrendador puede impedir que se destruyan.