Artículo 2003del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título XI. Del contrato de obra o empresa
El contratista cuyo plano o presupuesto haya sido aceptado, no puede cobrar honorarios aparte del que le corresponda en la obra si él mismo tomare a su cargo el trabajo; pero si éste no se realizare por causa del dueño, podrá cobrar el precio del plano, diseño o presupuesto.