CC · Artículo 2018

Artículo 2018del Código Civil

Reformado

Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título XI. Del contrato de obra o empresa

El contratista que recibiere anticipos a cuenta del precio convenido, no iniciare la obra, ésta no avanzare en proporción a las sumas recibidas, sufriere atrasos injustificados, o empleare materiales de construcción que no llene las especificaciones del contrato, responderá al dueño por los daños y perjuicios que resulten.

Asimismo el contratista podrá ser acusado criminalmente por el afectado o sus herederos.

(Reformado por el Artículo 1 del Decreto 38-76 del Congreso de la República).

Cómo citar

Art. 2018, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-2018/

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Fuente

Código Civil (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 8 de agosto de 2025.