Artículo 2137del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título XIX. Loterías y rifas; apuestas y juegos
La participación o interés en una lotería o rifa, sólo se acreditará con el billete o documento legalmente expedido.
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título XIX. Loterías y rifas; apuestas y juegos
La participación o interés en una lotería o rifa, sólo se acreditará con el billete o documento legalmente expedido.
Art. 2137, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-2137/
Código Civil (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 8 de agosto de 2025.