Artículo 2139del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título XIX. Loterías y rifas; apuestas y juegos
El sorteo deberá hacerse con intervención de la autoridad competente; y salvo lo dispuesto en leyes especiales, no podrá correrse el sorteo, sin que la propia autoridad haga constar en acta, que ha sido vendido, por lo menos, el ochenta por ciento de los billetes emitidos, y que los billetes no vendidos han sido retirados y destruidos.