CC · Artículo 2177

Artículo 2177del Código Civil

Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título XXI. Del compromiso

En cuanto al modo de proceder en los compromisos y a la extensión y efectos de estos, se estará a lo que determina el Código Procesal Civil y Mercantil.

Cómo citar

Art. 2177, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-2177/

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Fuente

Código Civil (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 8 de agosto de 2025.