Artículo 210 del Código de Comercio
Formas de Reducción
Libro I. De los comerciantes y sus auxiliares · Título I. Comerciantes · Capítulo VIII. Aumento y reduccion de capital
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El capital podrá reducirse por disminución del valor de las aportaciones sociales, por disminución del valor nominal de todas las acciones o por amortización de algunas de ellas.
Bajo la responsabilidad personal del administrador o administradores y del órgano de fiscalización, si lo hubiere, la resolución se comunicará por el correo más rápido, con aviso de recepción a todos los acreedores de la sociedad cuya dirección sea conocida.