Artículo 605 del Código de Comercio
Cédulas hipotecarias
Libro III. De las cosas mercantiles · Título Primero. De los titulos de credito · Capítulo XII. De las cedulas hipotecarias
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Las cédulas hipotecarias emitidas de conformidad con la ley, serán títulos de crédito y aunque son garantizadas con hipoteca, no perderán su calidad de muebles.
No se aplicarán las disposiciones del artículo 867 del Código Civil a la creación de cédulas hipotecarias por un banco o con intervención o garantía del mismo, en cuyo caso los avalúos efectuados por el banco servirán de base para determinar el máximo de la emisión.