Artículo 729 del Código de Comercio
Descuento
Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles · Título II. Contratos mercantiles en particular · Capítulo IV. Operaciones de credito · Sección Segunda. Del descuento
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Se entenderá por descuento la operación mercantil en la que el descontatario transfiere al descontador un crédito de vencimiento futuro, y éste pone a su disposición el importe del crédito, previa deducción de una suma fijada de común acuerdo. El descontatario deberá responder del pago del crédito transferido, a menos que se hubiere acordado expresamente lo contrario.