Artículo 748 del Código de Comercio
Llamamientos
Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles · Título II. Contratos mercantiles en particular · Capítulo IV. Operaciones de credito · Sección Cuarta. Del reporto
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Cuando durante el término del reporto deba ser pagado algún llamamiento sobre los títulos, el reportado deberá proporcionar al reportador los fondos necesarios dos días antes, por lo menos, de la fecha en que el llamamiento haya de ser pagado. En caso de que el reportado no cumpla con esta obligación, el reportador puede proceder desde luego a liquidar el reporto.