Artículo 764 del Código de Comercio
Carta de crédito
Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles · Título II. Contratos mercantiles en particular · Capítulo IV. Operaciones de credito · Sección Séptima. Del credito documentario
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Cuando una carta de crédito se use como medio de garantizar al vendedor el pago del precio de efectos representados por documentos, el dador o su corresponsal no deberá hacer el pago sino después de cerciorarse de que los documentos representativos de la mercadería están aparentemente en debida forma.
En este caso, la carta de crédito constituye, por su naturaleza, una operación independiente del contrato de compraventa.