Artículo Transitorio XVII del Código de Comercio
Disposiciones transitorias. Articulo I
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La responsabilidad en que incurran las personas que hayan intervenido en la emisión o creación de los títulos de crédito, se regirá por las leyes en vigor en la época en que tuvo lugar el hecho de que aquélla resulte.