Artículo 142del Código de Migración
Definición de la estructura administrativa
Libro II. Sistema y Políticas Migratorias · Título I. Sistema Migratorio Guatemalteco · Capítulo IV. Subdirecciones
La estructura administrativa está integrada por cuatro subdirecciones las cuales se definen de la siguiente forma:
a)Subdirección de Asuntos Financieros: Es la responsable de la administración de los recursos financieros conforme los principios de transparencia, eficiencia, efectividad y administración óptima, así como de las operaciones presupuestarias y contables. Tiene a su cargo la coordinación de la supervisión de la ejecución presupuestaria y la planificación anual con la Subdirección de Planificación.
b)Subdirección de Recursos Humanos y Profesionalización de Personal: Es la responsable de ejecutar la política de recursos humanos conforme los lineamientos del Director General y administrar el recurso humano del Instituto Guatemalteco de Migración conforme los objetivos de lograr el pleno goce de los derechos laborales, la integración del personal y el desarrollo profesional mediante una carrera cuyo objetivo sea el desarrollo institucional de servicio.
c)Subdirección de Apoyo Administrativo y Logístico: Es la responsable de brindar apoyo al Director General, Subdirector General, Subdirecciones, Departamentos, Unidades, Centros Migratorios y cualquier otra entidad institucional para que puedan contar con los equipos, bienes, suministros, servicios necesarios y coordinación de procesos de logística para cumplir con sus funciones.
d)Subdirección de Recursos Tecnológicos, Comunicaciones e Informática: Es la responsable de administrar todo lo relacionado con bases de datos, redes, equipos de cómputo, telecomunicaciones y sistemas informáticos necesarios para el adecuado, moderno y óptimo funcionamiento de los sistemas y componentes automatizados del Instituto Guatemalteco de Migración.
Las bases de datos deberán ser en formato uniforme y estandarizado para el uso de consultas internas que podrán ser compartidas con instituciones de seguridad nacional, con la excepción de la información sensible que establece la ley.