CMig · Artículo 241

Artículo 241del Código de Migración

Libro III. Disposiciones finales, transitorias y derogatorias · Título I. Disposiciones Finales y Transitorias · Capítulo IV. Reformas y derogación a la Legislación Nacional

Se deroga, del Decreto Número 95-98 del Congreso de la República, Ley de Migración, los siguientes:

a)El Título I, el Capítulo Único y los artículos 1 y 2.

b)El Título II, los Capítulos I y II y los artículos del 3 al 11.

c)El Título III, los Capítulos I, II, III, IV las Secciones Primera y Segunda y el Capítulo V y los artículos del 12 al 45.

d)El Título IV, el Capítulo Único y los artículos del 46 al 48.

e)El Título V, los Capítulos I y II Secciones de la Primera a la Cuarta y los artículos del 49 al 69.

f)El Título VI, los Capítulos del I al III y los artículos del 70 al 86.

g)El Título VII, los Capítulos del I al III y los artículos del 87 al 96.

h)El Título VIII, el Capítulo Único y los artículos 97 y 98.

i)El Título IX los artículos del 99 al 102.

j)Del Título X el Capítulo II y los artículos del 109 al 115.

k)El Título XI y el artículo 116.

l)El Título XII los artículos del 117 al 120.

Cómo citar

Art. 241, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-241/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.