CMig · Artículo 240

Artículo 240del Código de Migración

Libro III. Disposiciones finales, transitorias y derogatorias · Título I. Disposiciones Finales y Transitorias · Capítulo IV. Reformas y derogación a la Legislación Nacional

Se reforma el artículo 8 del Decreto Número 46-2007 del Congreso de la República, Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, adicionando la literal g) con el texto siguiente:

“g) Un representante delegado por el Director General del Instituto Guatemalteco de Migración. ”

Cómo citar

Art. 240, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-240/

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Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.