Artículo 100del Código Municipal
Ingresos del municipio
Reformado
Título VI. Hacienda municipal · Capítulo I. Finanzas municipales
Constituyen ingresos del municipio:
a)Los provenientes del aporte que por disposición constitucional, el Organismo Ejecutivo debe trasladar directamente a cada municipio;
b)El producto de los impuestos que el Congreso de la República decrete a favor del municipio;
c)Las donaciones que se hicieren al municipio;
d)Los bienes comunales y patrimoniales del municipio, y las rentas, frutos y productos de tales bienes;
e)el producto de los arbitrios, tasas administrativas y servicios municipales;
f)El ingreso proveniente de las contribuciones por mejoras, aportes compensatorios, derechos e impuestos por obras de desarrollo urbano y rural que realice la municipalidad, así como el ingreso proveniente de las contribuciones que paguen quienes se dedican a la explotación comercial de los recursos del municipio o que tengan su sede en el mismo;
g)Los ingresos provenientes de préstamos y empréstitos;
h)Los ingresos provenientes de multas administrativas y de otras fuentes legales;
i)Los intereses producidos por cualquier clase de débito fiscal;
j)Los intereses devengados por las cantidades de dinero consignadas en calidad de depósito en el sistema financiero nacional;
k)Los provenientes de las empresas, fundaciones o cualquier ente desconcentrado del municipio;
l)Los provenientes de las transferencias recurrentes de los distintos fondos nacionales;
m)Los provenientes de los convenios de mancomunidades de municipios;
n)Los provenientes de los contratos de concesión de servicios públicos municipales;
o)Los provenientes de las donaciones;
p)Los provenientes de aportes especiales esporádicos que acuerden los órganos del Estado;
q)El precio de la venta de bienes inmuebles;
r)El ingreso, sea por la modalidad de rentas de los bienes municipales de uso común o no, por servidumbre onerosa, arrendamientos o tasas; así como el ingreso proveniente de las licencias de construcción, modificación o demolición de obras públicas o privadas, dentro de la circunscripción del municipio, y;
s)Cualesquiera otros que determinen las leyes o los acuerdos y demás normas municipales.
*Reformado por el Artículo 29, del Decreto Número 22-2010 el 22-06-2010 *Reformada la literal r) por el Artículo 2, del Decreto Número 14-2012 el 29-08-2012