Artículo 136del Código Municipal
Fiscalización
Reformado
Título VI. Hacienda municipal · Capítulo IV. Presupuesto municipal
La fiscalización de ejecución de los recursos municipales estará a cargo de la Contraloría General de Cuentas, y tiene por objeto
a)Comprobar y verificar la legalidad de los ingresos y los egresos.
b)Velar porque la administración de los bienes e intereses financieros del municipio se realicen legal, técnica y racionalmente y se obtengan los mayores beneficios a favor de su desarrollo económico, social e institucional.
c)Velar por la adecuada inversión de los fondos del municipio en cualesquiera de sus programas de funcionamiento, inversión y deuda.
d)Deducir responsabilidad a los funcionarios y empleados municipales, por actos y omisiones que dañen o perjudiquen los intereses del municipio.
*Reformado por el Artículo 45, del Decreto Número 22-2010 el 22-06-2010