Artículo 150del Código Municipal
Faltas
Título VIII. Regimen sancionatorio · Capítulo I. Faltas y sanciones
Serán sancionadas las faltas que estén expresamente consignadas en las ordenanzas, reglamentos, acuerdos y disposiciones municipales, que tengan que observar los vecinos, transeúntes y personas jurídicas en la circunscripción municipal de que se trate.