Artículo 67del Código Municipal
Gestión de intereses del municipio
Título V. Administracion municipal · Capítulo I. Competencias municipales
El municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales, y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio.