Artículo 212del Código Penal
Inducción al abandono del hogar
Libro Segundo. Parte especial · Título IV. De los delitos contra la libertad y la seguridad de la persona · Capítulo III. De la sustracción de menores
Quien indujere a un menor de edad, pero mayor de diez años, a que abandone la casa de sus padres, guardadores o encargados de su persona, será sancionado con prisión de seis meses a dos años.