Artículo 225 Cdel Código Penal
Experimentación
Reformado
Libro Segundo. Parte especial · Título IV. De los delitos contra la libertad y la seguridad de la persona · Capítulo VII. De los delitos de inseminación
Se impondrá de uno a tres años de prisión e inhabilitación especial hasta diez años al que, aún con el consentimiento de la mujer, realizare en ella experimentos destinados a provocar su embarazo.
No se consideran experimentos los diversos intentos para procurar el embarazo, que se realicen conforme a una técnica ya experimentada y aprobada.
(Adicionado por Artículo 5 del Decreto 33-96 del Congreso de la República).