Artículo 202del Código Procesal Civil y Mercantil
Juicio oral
Libro Segundo. Procesos de conocimiento · Título II. Juicio oral · Capítulo II. Procedimiento
Si la demanda se ajusta a las prescripciones legales, el juez señalará día y hora para que las partes comparezcan a juicio oral, previniéndolas presentar sus pruebas en la audiencia, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía de la que no compareciere.
Entre el emplazamiento del demandado y la audiencia deben mediar por lo menos tres días, término que será ampliado en razón de la distancia.