Código Procesal Civil y Mercantil
- Instrumento
- Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República
- Artículos
- 638 · 23 derogados
- Texto al
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Considerandos y preámbulo
CONSIDERANDO
Que el Código de Enjuiciamiento Civil y Mercantil vigente ya no está en armonía con el avance de las instituciones jurídicas, ni llena las condiciones que se requieren para una pronta y cumplida administración de justicia;
CONSIDERANDO
Que, atendiendo a la necesidad de una legislación adecuada a las circunstancias actuales y a las condiciones peculiares del país, el Gobierno designó una Comisión de jurisconsultos para que se encargara de redactar un nuevo cuerpo legal, la que dio cuenta con el proyecto de Código Procesal Civil y Mercantil; y, siendo favorable el dictamen de la Comisión Revisora nombrada al efecto, es el caso de disponer su promulgación como ley de la República,
POR TANTO
Con fundamento en el artículo 3º. de la Carta Fundamental de Gobierno,
En Consejo de Ministros,