Libro Segundo Título IV. Juicio arbitral
Artículo 269Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 270Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 271Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 272Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 273Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 274Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 275Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 276Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 277Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 278Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 279 Incompatibilidades
No podrán ser nombrados árbitros los miembros del Organismo Judicial. Tampoco podrán serlo quienes tengan con las partes o con la controversia que se les somete, alguna de las relaciones que establecen la posibilidad de abstención, excusa y recusación de un juez.
Esto no obstante, si las partes, conociendo dicha circunstancia, la dispensan expresamente, el laudo no podrá ser impugnado por tal motivo.
Artículo 280Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 281Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 282Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 283Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 284Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 285Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 286Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 287Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 288Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 289Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 290 Cuestiones conexas
Tanto en los arbitrajes de derecho como en los de equidad, una vez constituido el tribunal, se entienden sometidas a él todas las cuestiones conexas con la principal, que surjan en el curso del mismo. En este caso, dichas cuestiones se tramitarán por el procedimiento que las partes convengan y, en su defecto, por el señalado para los incidentes.
No serán admitidas, sin embargo, las tercerías, la litispendencia ni los incidentes de acumulación.
Si surgiere alguna cuestión de orden criminal, los árbitros lo pondrán en conocimiento del juez competente, a quien remitirán certificación de las constancias respectivas.
Artículo 291Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 292Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Artículo 293Derogado Derogado
* Derogado por el numeral 3 del Artículo 55 del Decreto Del Congreso Número 67-95 el 25-11-1995.
Fuente: Municipalidad de Zaragoza (zaragoza.gob.gt). Fecha de corte no indicada en la fuente. Códice no es asesoría legal; verifica siempre con la publicación oficial.