Artículo 64del Código Procesal Civil y Mercantil
Carácter de los plazos y términos
Libro Primero. Disposiciones generales · Título IV. Los actos procesales · Capítulo II. Plazos y habilitacion de tiempo
Los plazos y términos señalados en este Código a las partes para realizar los actos procesales, son perentorios e improrrogables, salvo disposición legal en contrario.
Vencido un plazo o término procesal, se dictará la resolución que corresponda al estado del juicio, sin necesidad de gestión alguna.