CPCYM · Artículo 61

Artículo 61del Código Procesal Civil y Mercantil

Escrito inicial

Libro Primero. Disposiciones generales · Título IV. Los actos procesales · Capítulo I. Gestiones de las partes

La primera solicitud que se presente a los Tribunales de Justicia contendrá lo siguiente:

1º.Designación del juez o Tribunal a quien se dirija.

2º.Nombres y apellidos completos del solicitante o de la persona que lo represente, su edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio e indicación del lugar para recibir notificaciones.

3º.Relación de los hechos a que se refiere la petición.

4º.Fundamento de derecho en que se apoya la solicitud, citando las leyes respectivas.

5º.Nombres, apellidos y residencia de las personas de quienes se reclama un derecho; si se ignorare la residencia se hará constar.

6º.La petición, en términos precisos.

7º.Lugar y fecha.

8º.Firmas del solicitante y del abogado colegiado que lo patrocina, así como el sello de éste. Si el solicitante no sabe o no puede firmar, lo hará por él otra persona o el abogado que lo auxilie.

Cómo citar

Art. 61, Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-61/

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Fuente

Código Procesal Civil y Mercantil (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según Municipalidad de Zaragoza (zaragoza.gob.gt). Fecha de corte no indicada en la fuente.