Artículo 247del Código Procesal Civil y Mercantil
Competencia
Libro Segundo. Procesos de conocimiento · Título III. Juicio sumario · Capítulo V. Responsabilidad CIVIL de funcionarios y empleados publicos
La responsabilidad civil de los jueces y magistrados, se deducirá ante el Tribunal inmediato superior. Si los responsables fueren magistrados de la Corte Suprema de Justicia, se organizará el Tribunal que deba juzgarlos con forme al artículo 11 de la Ley Constitutiva del Organismo Judicial.