Artículo 331del Código Procesal Civil y Mercantil
Oposición del ejecutado
Libro Tercero. Procesos de ejecucion · Título II. Juicio Ejecutivo · Capítulo II. Procedimientos
Si el ejecutado se opusiere, deberá razonar su oposición y, si fuere necesario, ofrecer la prueba pertinente. Sin estos requisitos, el juez no le dará trámite a la oposición.
Si el demandado tuviere excepciones qué oponer, deberá deducirlas todas en el escrito de oposición.
El juez oirá por dos días al ejecutante y con su contestación o sin ella, mandará a recibir las pruebas, por el término de diez días comunes a ambas partes, si lo pidiere alguna de ellas o el juez lo estimare necesario.
En ningún caso se otorgará término extraordinario de prueba.