Artículo 92del Código Procesal Civil y Mercantil
Oposición, prueba y resolución
Libro Primero. Disposiciones generales · Título IV. Los actos procesales · Capítulo VI. Asistencia Judicial gratuita
Si no hubiere oposición, el juez recibirá inmediatamente las pruebas y resolverá dentro de un término que no exceda de cinco días. Si hubiere oposición, abrirá a prueba el incidente por el término de diez días y luego resolverá dentro de los tres días siguientes.