Artículo 374del Código Procesal Penal
Advertencia de oficio y suspensión del debate
Libro Segundo. El procedimiento común · Título III. Juicio · Capítulo II. Debate · Sección Segunda. Desarrollo
El presidente del tribunal advertirá a las partes sobre la modificación posible de la calificación jurídica, quienes podrán ejercer el derecho consignado en el artículo anterior.