Artículo 44 Terdel Código Procesal Penal
Jueces de Paz Móvil
Reformado
Libro Primero. Disposiciones generales · Título II. Sujetos y Auxiliares Procesales · Capítulo I. El Órgano Jurisdiccional · Sección Tercera. Tribunales Competentes
Los jueces de Paz Móvil tendrán la competencia asignada por la Corte Suprema de Justicia, la cual la determinará en razón de la cuantía, territorio y conforme el procedimiento que establecen las leyes específicas. * (Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia: a) 5-2003 26/02/2003 Establece los Juzgados Primero y Segundo de Paz Móvil; b) 13-2003 12/05/2003 Competencia de los Juzgados de Paz Móvil; c) 4-2009 25/03/2009 Crea los Juzgados Tercero, Cuarto y Quinto de Paz Móvil, que funcionarán en los municipios del departamento de Guatemala; d) 26-2009 14/09/2009 Crea los Juzgados Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno, Décimo, Décimo Primero y Décimo Segundo de Paz Móvil, que funcionarán en los municipios de los departamento de Huehuetenango, Izabal, Zacapa, Jalapa, El Progreso, San Marcos y Suchitepéquez).
(Adicionado por el Artículo 5 del Decreto 51-2002 del Congreso de la República).