CPP · Artículo 518

Artículo 518del Código Procesal Penal

Liquidación y ejecución

Libro Sexto. Costas e indemnizaciones · Título I. Costas

El secretario del tribunal practicará un proyecto de liquidación en el plazo de tres días, regulando conforme arancel los honorarios que correspondan a abogados, peritos, traductores e intérpretes durante todo el transcurso del procedimiento, incluso los recursos de apelación y de casación. Presentado el proyecto, el juez dará audiencia por tres días a las partes. Con lo que expongan o en su rebeldía resolverá en definitiva.

Cómo citar

Art. 518, Código Procesal Penal de Guatemala (Decreto 51-92), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-518/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Código Procesal Penal (Decreto 51-92 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 31 de enero de 2024.