CTrib · Artículo 125 B

Artículo 125 Bdel Código Tributario

Medios equivalentes a la firma autógrafa

Reformado

Título IV. Procedimiento ante la administracion tributaria · Capítulo V. Proceso administrativo · Sección Primera. Disposiciones generales

La información y operaciones transmitidas por medio de comunicaciones y firmas electrónicas, serán reconocidas conforme la regulación de la materia y las disposiciones administrativas que la Administración Tributaria emita al respecto.

*Adicionado por el Artículo 52, del Decreto Del Congreso Número 4-2012 el 25-02-2012

Cómo citar

Art. 125 B, Código Tributario de Guatemala (Decreto 6-91), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-tributario/articulo-125b/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Código Tributario (Decreto 6-91 del Congreso de la República). Texto según Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), portal.sat.gob.gt. Fecha de corte no indicada en la fuente.