Artículo 125 Bdel Código Tributario
Medios equivalentes a la firma autógrafa
Reformado
Título IV. Procedimiento ante la administracion tributaria · Capítulo V. Proceso administrativo · Sección Primera. Disposiciones generales
La información y operaciones transmitidas por medio de comunicaciones y firmas electrónicas, serán reconocidas conforme la regulación de la materia y las disposiciones administrativas que la Administración Tributaria emita al respecto.
*Adicionado por el Artículo 52, del Decreto Del Congreso Número 4-2012 el 25-02-2012